Municipios de Nicaragua > Registro > Cómo validar un Matrimonio celebrado en el Extranjero

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

El matrimonio es una de las figuras principales dentro del derecho civil y el origen de la familia como institución; dado lo cual, su legitimidad ha de ser un asunto de suma importancia, tanto para el Estado como para la Ciudadanía en general. A continuación podrás aprender acerca de los pasos a seguir para validar un matrimonio celebrado fuera de Nicaragua.

Validez de Matrimonio Celebrado en el Extranjero

Institución competente para la realización de este proceso

El Organismo responsable en Nicaragua del asentamiento de las uniones matrimoniales, cualquiera que sea su naturaleza, es el Consejo Superior Electoral (CSE). Es el responsable de la Administración del Registro Civil.

En el caso de los matrimonios de ciudadanos nicaragüenses en el extranjero, intervienen también los Consulados o las Embajadas Nicaragüenses en el exterior y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua.

Requisitos para validar matrimonios del extranjero

Los requisitos con los cuales se debe cumplir para validar e inscribir en el Registro Civil Nicaragüense un matrimonio celebrado en el extranjero, en virtud de lo asentado en el Artículo 71 del Código de Familia, son:

  • • Que ambos contrayentes sean mayores de edad o, que en caso de ser mayores de 16 y menores de 18, se hallen debidamente emancipados.
  • • Que al menos uno de los contrayentes sea ciudadano nicaragüense o cuente con estatus de residencia en Nicaragua.
  • Haber inscrito el matrimonio en el Consulado o Embajada Nicaragüense del país donde se celebró el mismo dentro de 90 días hábiles posteriores. o ante el Registro Civil de la localidad donde esté asentada el Acta de Nacimiento de alguno de los contrayentes. En caso de no haber representación del Gobierno de Nicaragua en dicho territorio, el trámite debe realizarse en un plazo de 30 días luego del reingreso al territorio nacional, presentando el acta del matrimonio contraído en el extranjero.

Documentos necesarios

Los contrayentes deberán presentar los siguientes documentos ante el Oficial del Registro Civil de Personas de la localidad de nacimiento de cualquiera de ellos, a fin de la validación y asentamiento de su unión en el extranjero:

  • Acta de Matrimonio original, legalizada o Apostillada en el país donde se celebró la unión.
  • Certificado de Matrimonio emitido por la Embajada o el Consulado Nicaragüense del territorio donde tuvo lugar el mismo, legalizado por la Cancillería de Nicaragua.
  • Cédula de Identidad o Pasaporte de los contrayentes.
  • Certificado de Nacimiento de los cónyuges o al menos del que sea Ciudadano o Residente en Nicaragua.
  • Cédula de Identidad del compareciente o testigo.

• Qué hacer en caso de que el acta de matrimonio estuviera en un idioma distinto al español

En estos casos se debe efectuar la traducción y certificación de tal documento por parte de un notario local con de diez años de ejercicio de su oficio.

Institución ante la cual se realiza el trámite

Este procedimiento se lleva a cabo ante la Oficina del Registro Civil de Personas de la localidad de origen de alguno de los contrayentes.

El asentamiento en dicho Organismo de la unión supone la validación de la misma por parte del Consejo Superior Electoral de la misma.

• Costo de este servicio

Aunque el costo del trámite puede variar de una localidad a otra, el valor promedio es de 60 córdobas.

• Tiempo que demora el trámite

La validación e inscripción de un matrimonio celebrado fuera de Nicaragua se toma en promedio 5 días.

• ¿Se necesita Apostilla?

Uno de los documentos necesarios debe ir Apostillado, la Certificación de Matrimonio emitida por el Consulado o la Embajada Nicaragüense del país donde tuvo lugar el enlace.

Validez de Matrimonio Celebrado en el Extranjero

Ahora ya sabes

Si tienes cualquier duda o necesitas información adicional puedes ponerte en contacto con el Consejo Superior Electoral (CSE), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua (MINREX) o con la Oficina del Registro Civil de tu localidad de origen.