Este certificado es el documento expedido por el Registro Civil que da fe de los datos de nacimiento de una persona, tales como fecha y lugar, nombre completo del menor, datos de sus padres y algunas otras características. Es necesario para obtener la cédula de identidad por primera vez y para realizar diversos trámites administrativos.
El interesado o interesada, o el padre, madre, hermano(a), abuelo (a), hijo (a), del mismo, quienes no necesitan poder de representación para hacer el trámite.
En las ventanillas ubicadas en los registros civiles de cada municipio, en el Registro Central del estado civil de las personas, Servigob y en las ventanillas de los Consejos Electorales Departamentales y Regionales, según lo indica el Consejo Supremo Electoral en su página web que puedes ver haciendo clic en este enlace.
La atención al público es de lunes a viernes en horario de 8:00 a.m a 5:00 p.m.
Tiene un costo de C$ 120.00.
Todo recién nacido debe ser inscrito por ante el Registro Civil a los fines de que sean asentados sus datos y le sea emitido Certificado de Nacimiento, para ello debes dirigirte a las Oficinas de Registro Civil correspondientes al lugar de nacimiento del bebé y consignar la debida documentación.
En caso de que los padres sean menores de edad, deberán hacerse acompañar por uno de sus padres, o por quien ostente la autoridad parental.
A nivel nacional: a las ventanillas del Registro Civil correspondiente al lugar donde nació el bebé.
Si estás en Managua: a las ventanillas de inscripción del Registro Civil, ubicadas en el Centro Cívico módulo “A”, planta baja. Y en los hospitales materno-infantiles: Fernando Vélez Paiz, Bertha Calderón, Hospital Alemán Nicaragüense, Hospital Solidaridad, Hospital Salud Integral, Hospital La Mascota y Hospital Vivian Pellas (este último, solo atiende los viernes). En horario de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Para mayor información puedes comunicarte con la Alcaldía de Managua haciendo clic aquí. o comunicándote al (505) 2252 7610 en horarios de lunes a viernes de 8:00 a.m a 5:00 p.m, sábado de 8:00 a.m a 12:00 p.m.
Es gratuita, según lo establece el Artículo 13 Código de la Niñez y la Adolescencia que puedes leer en este vínculo.
El padre deberá dirigirse al Registro Civil acompañado de dos (2) testigos mayores de edad, cada uno con su respectiva fotocopia de cédula de identidad, y darán razón de que lo identifican y conocen. En el acto consignará además los otros requisitos.
Debes reportar el nacimiento del menor al Consulado Nicaragüense, quien te pedirá algunos requisitos, tomará nota del acontecimiento y emitirá un certificado de nacimiento.
Si el nacimiento en el extranjero no se reportó al Consulado Nicaragüense, podrá inscribirse en el Registro Municipal en Nicaragua hasta los 7 años.
Cuando nacen gemelos, aunque es un solo parto, la inscripción del nacimiento de los menores debe realizarse en actas separadas, y debe colocarse en el renglón de observaciones si es el Gemelo 1 o el Gemelo 2 de acuerdo con la hora de nacimiento. Igual aplica en caso de trillizos, o nacimientos múltiples. Por lo tanto, cada niño tendrá su Certificado de Nacimiento individual e intransferible.
En caso de extravío, robo o pérdida de un acta o certificado, consulte aquí.