Municipios de Nicaragua > Registro > Certificado de Defunción: ¿Cómo se genera?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Este documento es de carácter oficial y evidencia que una persona ha muerto y es necesario para realizar trámites administrativos y sucesorales que tengan relación con la persona fallecida. A continuación, te indicamos todo lo que debes saber con relación a este tema.

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Inscripción de defunción

Cuando una persona muere, el deceso debe inscribirse en los libros del Registro Civil. Este es un trámite de carácter obligatorio, ya que con la muerte cambian los derechos y deberes de las personas y de sus sobrevivientes.

¿Dónde debe inscribirse la defunción?

En el Registro Civil Municipal donde lo determinen sus sobrevivientes:

  • En las ventanillas del Registro Central del estado civil de las personas, Consejos Electorales Departamentales o Regionales y en las Oficinas Municipales de Registro Civil ubicadas en las alcaldías. En horario de lunes a viernes de 8:00 a.m a 5:00 p.m.
  • Si estás en Managua, en las ventanillas de Registro Civil de las personas, ubicadas en el Centro Cívico, Módulo “A”, planta baja y en hospitales materno infantiles y otros: Fernando Vélez Paiz, Bertha Calderón, Hospital Alemán Nicaragüense, Hospital Salud Integral y Hospital Vivian Pellas (este último, solo los días viernes). Los horarios de atención son de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Requisitos de la inscripción de defunción (fallecidos en el país)

Debes llevar los siguientes documentos:

  • • Constancia de Defunción o constancia administrativa extendida por el Ministerio de Salud (MINSA) (Conchita Palacios) o por el Instituto de Medicina Legal.
  • Cédula de identidad del compareciente.
  • • Cédula de identidad del fallecido y certificado de nacimiento.
  • • En el caso de haber estado casado o en unión de hecho estable debidamente inscrita, se debe presentar el certificado correspondiente.
  • • La tasa por servicio que establezca la autoridad.

Requisitos de la Inscripción de defunción (fallecidos en el extranjero)

Debes tener los siguientes documentos:

  • • Certificado de Defunción extendido por el Consulado de Nicaragua en el extranjero o certificado de defunción expedido por autoridad extranjera debidamente legalizado o apostillado.
  • • Fotocopia del certificado de Nacimiento del fallecido.
  • • Fotocopia de Cédula de Identidad o Pasaporte del fallecido.
  • • Fotocopia de Cédula de Identidad del compareciente.
  • • Tasa por servicio que establezca la autoridad competente.

¿Qué es la constancia de defunción extendida por el MINSA?

Es un documento firmado por un médico autorizado por el MINSA que establece la causa de la muerte y las condiciones en que se produjo, tales como patologías, enfermedad, lesiones o si fue por causa natural.

Solicitud del certificado de defunción

Solo luego de haber realizado la inscripción de la defunción podrás solicitar el respectivo certificado. Este documento contendrá los datos del fallecido, causa de la muerte, hora y lugar del suceso y algún otro dato relevante.

Requisitos para el certificado de defunción

  • • Cédula de Identidad del solicitante.
  • • Datos generales de la defunción.
  • • Fotocopia de inscripción de defunción.
  • • En el caso de cónyuge o conviviente se debe presentar la fotocopia del certificado de matrimonio y/o unión de hecho estable.

Los trámites realizados por el interesado o interesada, o por el padre, madre, hermano (a), abuelo (a), hijo (a), del mismo, no requieren poder de representación.

Esto lo puedes leer en la página del Consejo Supremo Electoral.

¿Dónde puedes sacar el certificado de defunción?

Debes solicitarlo en las ventanillas ubicadas en el Registro Central del Estado Civil de las personas, Consejos Electorales Departamentales o Regionales y en las Oficinas Municipales de Registro Civil ubicadas en las Alcaldías. En horario de lunes a viernes de 8:00 a.m a 5:00 p.m.

Si estás en Managua acude a las ventanillas de Registro Civil de las Personas, ubicadas en el Centro Cívico Zumen, Módulo “A”, planta baja, delegaciones distritales IV, V y VII.

Su horario de atención: lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. Puedes leer esta información en la página oficial de la Alcaldía.

¿Sabes qué es la negativa de defunción?

Es el trámite que se debe realizar cuando no fue inscrita la defunción en el Registro del Estado Civil de las personas; indica que no hay un registro oficial de la muerte de una persona en el país. Esto puede ocurrir por diversas razones, como la falta de información sobre el evento a o problemas administrativos en el proceso de registro.

Puede que necesites este trámite, por lo que debes solicitarla para luego poder acudir ante los juzgados competentes y solicitar la “reposición de defunción” para que quede inscrita en el libro correcto donde debió asentarse.

Requisitos y procedimiento para solicitar la negativa de defunción

Debes acudir al Registro Civil de personas y consignar los siguientes documentos:

  • • Constancia administrativa emitida por la Dirección de Estadísticas del MINSA.
  • • Constancia del cementerio donde fue enterrado.
  • • Fotocopia de cédula de identidad o certificado de nacimiento del fallecido(a).
  • • Fotocopia de cédula de identidad del compareciente.
  • • La tasa que se establezca por las autoridades.

Puedes ampliar esta información haciendo clic en este vínculo.

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Ahora ya sabes

La defunción debe inscribirse de manera inmediata ante el Registro Civil de las personas, solo así podrás posteriormente solicitar el certificado de defunción que te servirá para realizar trámites administrativos como sobreviviente, tales como cobrar seguros, pensiones y herencias.